Real Decreto-Ley 8/2014 de 4 de julio, de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Este Real Decreto-Ley ha regulado principalmente la
creación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Veamos en qué
consiste este nuevo sistema orientado a los jóvenes así como otras medidas de
bonificación en la contratación de jóvenes.
A)
EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL
A.1) ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
A aquellos jóvenes entre 16 y 25 años (salvo
que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% que será hasta 30
años) que no estén ocupados, ni estén integrados en los sistemas de
educación o de formación (se verá más adelante los requisitos concretos).
A.2) OBJETIVO PRINCIPAL del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil:
Que dichos jóvenes puedan beneficiarse de alguna
acción de este Sistema como: que puedan recibir una oferta de empleo, de educación
continua, de formación de aprendiz o de periodo en prácticas.
A.3) ¿EN QUÉ CONSISTE ESTE SISTEMA?
Se trata de crear un portal como punto de encuentro
entre los jóvenes, las administraciones públicas y las empresas privadas el
cual se encuentra en www.garantiajuvenil. gob.es, de manera que se facilite
que las empresas puedan contratar a los jóvenes inscritos, y que estos
accedan a todos los beneficios del sistema.
A.4) INSCRIPCIÓN.
La debe realizar el propio joven en la web. De
esta manera se podrá identificar sus características personales,
educativas, formativas, experiencia laboral, entre otras.
No es obligatorio estar inscrito en el INEM como demandante de empleo (lo cual ha
supuesto algunas críticas de que puede ser una forma de derivar el
número de desempleados jóvenes a este portal reduciendo el paro registrado del
INEM).
Los jóvenes deberán inscribirse de forma telemática
a través de DNI o certificado electrónico, o en su caso para quienes no lo
dispongan, a través de usuario y contraseña. Solo podrá realizarse de forma no
telemática para personas en riesgo de exclusión social y personas con
discapacidad de más del 33%.
Se creará un
Fichero con una lista única de demanda a disposición de las empresas y de
las administraciones públicas.
A.5) REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN:
• Tener nacionalidad española o
ciudadano de la UE, del Espacio Económico
Europeo o Suiza. También podrán los extranjeros con autorización para residir
en territorio español que habilite para trabajar.
• Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
• Tener más de 16 y menos de 25
años, salvo personas con
discapacidad igual o superior al 33% que será menor de 30 años. Se entiende en
la fecha de solicitar la inscripción, veremos más adelante qué sucede al
cumplir la edad.
• No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentar la solicitud.
• No haber realizado acciones educativas de más de 40 horas mensuales
en los últimos 90 días naturales a la
inscripción, ni acciones formativas de más de 40 horas mensuales
en los 30 días naturales a la
inscripción.
• Presentar una declaración expresa de interés por participar en el Sistema y de compromiso de participación activa en las acciones que se desarrollen.
A.6) BAJA DEL SISTEMA:
• El usuario podrá darse de baja voluntariamente en cualquier momento.
• Cuando el usuario cumpla 25 años, o bien 30 años en discapacidad del 33%, se dará de baja de oficio si ya han sido atendidas previamente con alguna de
las medidas.
• No serán dados de baja de oficio mientras estén recibiendo alguna de las medidas o acciones del Sistema.
• Tampoco serán dados de baja de oficio si al cumplir la edad no han sido atendidos con alguna medida o acción del Sistema.
• Los usuarios que hayan rechazado alguna de las medidas causarán baja automática
al cumplir la edad de 25 años (o de 30).
A.7) ATENCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL:
Para la ordenación de la lista
única de demanda y llevar a cabo el
proceso de atención se tendrán en cuenta criterios como la edad ,la experiencia
laboral previa, la permanencia en el desempleo, el nivel de cualificación, dando prioridad a quienes no hayan
recibido atención del sistema y a quienes estén más próximos a cumplir la
edad máxima. Los usuarios atendidos podrán ser de nuevo beneficiarios si cumplen con los requisitos y manifiestan su deseo de
recibir atención.
No está aquí todo el RD. Se regula además otras cuestiones, como las bonificaciones que se conceden a las empresas cuando contraten a estos trabajadores y los tipos de contratos de trabajo, etc.
.........
No está aquí todo el RD. Se regula además otras cuestiones, como las bonificaciones que se conceden a las empresas cuando contraten a estos trabajadores y los tipos de contratos de trabajo, etc.
.........
No hay comentarios:
Publicar un comentario